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(El Economista, 29-11-2024)

El impuesto a la banca recoge deducciones si reduce la rentabilidad de las entidades

El diseño del nuevo impuesto a las entidades financieras incluye una deducción extraordinaria para aquellas cuyo nivel de rentabilidad se vea afectado por esta carga, que grava los márgenes de intereses y comisiones. Así lo recoge el texto aprobado recientemente en el Congreso de los Diputados, actualmente en trámite en el Senado, y cuyo detalle fue publicado ayer en el boletín de las Cortes Generales, según informó elEconomista.es. En el marco del proyecto de ley que establece un tipo mínimo global del 15% para grandes grupos y multinacionales, se incorporó una disposición adicional novena que regula este impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de las entidades financieras que operan en España. El apartado doce de esta disposición establece que las entidades con un índice de rentabilidad inferior al 0,7% podrán beneficiarse de una deducción. Este índice se calcula dividiendo el resultado contable del ejercicio (sin considerar el gasto del impuesto) entre el total de activos al cierre del año, multiplicado por 100, según indica la normativa. La bonificación se determina mediante una fórmula que aplica una reducción proporcional a la diferencia entre el índice de rentabilidad de la entidad y el umbral del 0,7%. Por ejemplo, si una entidad presenta un índice de rentabilidad del 0,6% en 2024, primer año de aplicación del impuesto, podría obtener una deducción del 15% sobre la cantidad inicialmente prevista a pagar. No obstante, la deducción nunca podrá resultar en una cantidad negativa. Esta deducción no estaba contemplada en el gravamen temporal introducido en 2022, en respuesta a la crisis de precios derivada de la guerra en Ucrania, ni en el impuesto aplicado a las empresas energéticas. Además, la norma actual establece una reducción adicional del 25% del importe aportado en concepto de Impuesto de Sociedades o Impuesto sobre la Renta de No Residentes. El nuevo esquema tributario es fruto de las negociaciones del Ministerio de Hacienda con los partidos Junts y PNV, que lograron asegurar que el impuesto esté vigente al menos tres años, permitiendo que las comunidades forales como el País Vasco y Navarra puedan establecer sus propios criterios de bonificación. Estas condiciones serán discutidas en una comisión mixta entre los niveles de gobierno, cuya fecha aún está pendiente. El modelo acordado contempla una escala progresiva, que oscila entre el 1% y el 7% según la base imponible. Por ejemplo, bases inferiores a 750 millones de euros tendrán un tipo del 1%, mientras que las superiores a 5.000 millones alcanzarán el 7%. Este diseño, que incrementa el tramo máximo respecto a la propuesta inicial, surgió de negociaciones con partidos como ERC, EH Bildu y BNG. Actualmente, el proyecto de ley se encuentra en el Senado, donde los grupos parlamentarios tienen hasta el 4 de diciembre para presentar enmiendas o vetos. El PP, con mayoría en este órgano, podría imponer un veto, pero este tendría que ser levantado posteriormente en el Congreso por mayoría absoluta o simple, dependiendo del plazo. El Gobierno confía en que el trámite concluya antes de fin de año para que el impuesto entre en vigor en 2024. El sector bancario, que en 2023 ha alcanzado cifras récord gracias a las subidas de tipos del Banco Central Europeo, se enfrenta ahora a una previsión de menores beneficios a partir de 2025 debido al inicio de una fase de bajadas en los tipos de interés. El nuevo impuesto, que se aplicará durante tres ejercicios fiscales consecutivos desde el 1 de enero de 2024, afectará especialmente a grandes entidades como Caixabank, Santander y BBVA, según las estimaciones de 2023. Tanto el Banco Santander como Unicaja han anunciado que recurrirán esta tasa, al igual que hicieron con el gravamen temporal anterior. Por su parte, la Asociación Española de Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) han manifestado su rechazo, alegando inseguridad jurídica y un impacto negativo en la competitividad del país frente a Europa, además de anunciar posibles acciones legales.

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(Expansión, 29-11-2024)

Las pensiones subirán un 2,8% en 2025 por la evolución de la inflación

El próximo año, más de 11 millones de pensiones se incrementarán al menos un 2,8%. Este ajuste corresponde a la inflación media anual, calculada tras conocerse el avance del IPC de noviembre: los precios subieron un 2,4% interanual, seis décimas más que en octubre, impulsados por el aumento en los costes de carburantes y electricidad, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Este indicador es fundamental para determinar la revalorización de las pensiones, cuya fórmula establece la media de la inflación anual entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024, que provisionalmente se sitúa en 2,8%. Aunque este porcentaje no es definitivo, suele haber pocas variaciones respecto al dato oficial que el INE publicará a mediados de mes. El incremento del 2,8% supondrá, en promedio, unos 600 euros más al año para quienes reciben una pensión de jubilación media, y aproximadamente 500 euros anuales para las pensiones promedio del sistema. Beneficiará a los 9,3 millones de personas que perciben las 10,3 millones de pensiones contributivas, así como a los 720.148 beneficiarios del Régimen de Clases Pasivas del Estado, que también verán sus prestaciones ajustadas según este índice. Además, los pensionistas que perciban pensiones mínimas o no contributivas podrían recibir un incremento superior, pendiente de aprobación por el Gobierno, siguiendo la recomendación 15ª del Pacto de Toledo. Esta propone que estas prestaciones más bajas aumenten en mayor proporción. Así ocurrió en 2024, cuando las pensiones generales subieron un 3,8%, pero las mínimas y no contributivas aumentaron un 6,9%. Esta será la tercera vez que las pensiones se actualizan conforme a la evolución de los precios, una medida introducida para preservar el poder adquisitivo de los pensionistas. En 2022, las pensiones subieron un 2,5%; en 2023, durante la crisis inflacionaria, el incremento fue del 8,5%; y en 2024, del 3,8%. Aunque el coste exacto de la revalorización para 2025 se conocerá cuando se confirme el IPC de noviembre, se estima que el aumento del 2,8% implicará un gasto cercano a los 6.000 millones de euros, sin incluir el posible ajuste adicional para las pensiones mínimas y no contributivas. Por otro lado, este ajuste también determinará el aumento de la pensión máxima, que pasará de 3.174 euros mensuales (en 14 pagas) a cerca de 3.300 euros, y de la base máxima de cotización, que alcanzará los 5.000 euros mensuales (60.000 euros anuales). Además, se mantendrán los cambios previstos por las reformas del sistema de pensiones iniciadas en 2011, como el aumento progresivo de la edad de jubilación hasta los 67 años en 2027 y la mayor exigencia para acceder al 100% de la pensión. En 2025, la edad legal de jubilación será de 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Aquellos con mayor tiempo cotizado podrán retirarse a los 65 años. El mínimo de años cotizados para acceder a una pensión pública seguirá siendo de 15, de los cuales al menos dos deberán estar dentro de los últimos 15 años previos a la jubilación. Con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora, mientras que para alcanzar el 100% será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses, requisito que aumentará a 37 años en 2027. Por último, a partir de 2026, se comenzará a aplicar de manera gradual un nuevo método para calcular la base reguladora, que permitirá elegir entre los últimos 25 años cotizados o bien 29 años excluyendo los dos peores años, con el fin de beneficiar al trabajador.

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